Sistema de Gestión de la Calidad (SGC)
Fecha de emisión:
01.12.2024
Elabora:
CSGC
Aprueba:
CEO
Versión:
000
Reportes a Salud Pública - Sistema de Gestión de la Calidad
Código: POE-LC-004
1. Objetivo

Establecer cómo se preparan y envían los reportes exigidos por el Ministerio de Salud Pública, en tiempo y con información verificada.

Nota: Los parámetros técnicos señalados (tiempos, frecuencias, rangos) se aplican conforme a la normativa vigente del MSP y a las especificaciones de los fabricantes.
2. Alcance

Aplica a todos los reportes que el banco de sangre debe enviar al MSP.

3. Responsables
Encargada del Laboratorio

Prepara, verifica y envía los reportes.

Gerente General

Revisa y firma cuando se requiera.

CSGC

Verifica el cumplimiento de los plazos.

4. Definiciones
  • Reporte al MSP: Informe de actividades y resultados que la organización debe presentar a la autoridad de salud.
5. Materiales y equipos
  • Formularios o formatos del MSP vigentes.
  • Libros y registros del laboratorio.
  • Calendario de reportes.
6. Procedimiento
Identificar los reportes exigidos: Mantener un calendario con el tipo de reporte, su contenido y el plazo, según la normativa y las instrucciones del MSP. El calendario se actualiza conforme a las instrucciones vigentes del MSP.
Compilar los datos: Extraer los datos de los libros y registros del período.
Verificar: Contrastar los datos con los registros de origen y corregir inconsistencias.
Revisar: Presentar el reporte a la Gerencia cuando corresponda.
Enviar: Enviar por el medio indicado por el MSP antes del vencimiento del plazo.
Conservar la constancia: Guardar copia del reporte y la constancia de envío o recepción.
Proteger los datos: Reportar los datos de donantes solo en la forma exigida y con tratamiento confidencial.
Seguimiento: Atender los requerimientos del MSP y registrar las respuestas.
7. Registros
  • Calendario de reportes.
  • Copia de cada reporte y constancia de envío.
  • Registro de requerimientos del MSP.
8. Documentos de referencia
  • Norma ISO 9001:2015: cláusulas 7.5 y 8.5.
  • Decreto No. 349-04 y Ley No. 42-01 (DOC-018).
  • PSC-008 (Laboratorio y Control de Calidad).
  • DES-004.
Historial de Versiones
VersiónFechaAsientoAprueba
00001.12.2024Original - elaborado por el CSGC a partir de las funciones del cargo y de buenas prácticas del sectorCEO